Cañar | una vez concluido el período electoral organizaciones políticas deben retirar la propaganda electoral con un plazo máximo de 15 días.
Los partidos políticos y movimientos que hayan promovido las candidaturas deben retirar la propaganda electoral con un plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de los comicios. Las sanciones respectivas que especifica la Ordenanza para quienes infrinjan es de 50 dólares por cada metro cuadrado de propaganda que se encuentre al interior de la ciudad.
El Municipio Intercultural de Cañar a través de la Ordenanza que regula, controla y sanciona la utilización de espacios para propaganda electoral, una vez concluido el período electoral, los partidos políticos, movimientos, alianzas, personas naturales, entre otros, que hayan promovido las candidaturas deben retirar la propaganda electoral con un plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de los comicios.
Se informó además que, transcurrido el plazo de no haber dado cumplimiento, se procederá al juzgamiento correspondiente y se emitirá una resolución para la sanción que corresponda.
Las multas establecidas en esta Ordenanza serán aplicadas por la Comisaría Municipal cuando se avoque conocimiento de los infractores, para lo cual se seguirá el procedimiento respectivo de las contravenciones que establece el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal.
Las sanciones respectivas que especifica la Ordenanza para quienes infrinjan es de 50 dólares por cada metro cuadrado de propaganda que se encuentre al interior de la ciudad. En este sentido es necesario que las Organizaciones Políticas retiren la propaganda de manera inmediata para evitar las sanciones y para contribuir al buen ornato de la ciudad.
Video completo en el siguiente enlace: